Tal y como se venía afirmando desde hace unos días, el Gobierno ha decidido prolongar el periodo de formación de los residentes de último año debido a la imposibilidad de efectuar la correspondiente evaluación de los residentes de todas las especialidades y de todos los años de formación exigida por el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero.
Según señala el Boletín Oficial del Estado del viernes 3 de abril, “el Ministerio de Sanidad, en coordinación con las autoridades sanitarias competentes de las comunidades autónomas, establecerá el inicio de plazos para realizar las evaluaciones y la fecha final de residencia o de año formativo”.
En el BOE se recoge que el tiempo que pase entre la fecha en la que debería haberse realizado la evaluación final y la fecha en la que esta evaluación se lleve a cabo, computará a efectos de antigüedad, si esta evaluación fuera favorable.
“Las comunidades autónomas garantizarán que los residentes, cuyos contratos se prorrogan de forma automática, perciban las retribuciones que les correspondan atendiendo a las funciones que efectivamente realicen, siempre que conlleven un mayor grado de autonomía y menor nivel de supervisión que el que les correspondiera antes de la prórroga del contrato”, reza el texto.
Hasta el momento, ni desde el Ministerio de Sanidad ni desde las consejerías del ramo de las comunidades autónomas han aclarado quién ni cómo podría hacer ese seguimiento o valoración de las funciones que realicen los residentes para retribuirles adecuadamente.
También se contempla que los residentes de cualquier año presten servicio en Unidades con especial necesidad, sea cual sea el lugar donde estén ubicados (puede ser en otra comunidad distinta a l centro donde se esté formando el residente).
“Excepcionalmente, los residentes podrán trasladarse a Unidades no acreditadas para la docencia. Los responsables de formación sanitaria especializada designarán colaboradores docentes, con carácter temporal, en dichas Unidades, atendiendo a criterios de experiencia, competencia y demostrada buena práctica profesional, para que puedan tutorizar a los residentes durante el tiempo de prestación de servicios”.
Aquí puedes encontrar el enlace al BOE donde se detalla esta decisión:
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